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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo ().

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Coordinar el conjunto de acciones y prestaciones sociales ejecutadas por distintos organismos del Estado que contribuyan directa o indirectamente a la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad. Para el cumplimiento de esta función el Servicio podrá celebrar convenios con estos organismos Letra a) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Asesorar técnicamente al Comité de Ministros en la elaboración de la Política Nacional para Personas con Discapacidad y en la evaluación periódica de todas aquellas acciones y prestaciones sociales ejecutadas por distintos organismos del Estado que tengan como fin directo o indirecto la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad Letra b) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Elaborar y ejecutar, en su caso, el plan de acción de la Política Nacional para Personas con Discapacidad, así como planes, programas y proyectos Letra c) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Promover y desarrollar acciones que favorezcan la coordinación del sector privado con el sector público en todas aquellas materias que digan relación con mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad Letra d) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Financiar, total o parcialmente, planes, programas y proyectos Letra e) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Realizar acciones de difusión y sensibilización Letra f) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Financiar, total o parcialmente, ayudas técnicas y servicios de apoyo requeridos por una persona con discapacidad para mejorar su funcionalidad y autonomía personal, considerando dentro de los criterios de priorización el grado de la discapacidad y el nivel socioeconómico del postulante Letra g) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Estudiar y proponer al Presidente de la República, por intermedio del Ministro de Planificación, las normas y reformas legales necesarias para el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad Letra h) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Realizar estudios sobre discapacidad y aquellos relativos al cumplimiento de sus fines, o bien, contratar los que estime necesarios de tal forma de contar periódicamente con un instrumento que permita la identificación y la caracterización actualizada, a nivel nacional y comunal, de la población con discapacidad, tanto en términos socioeconómicos como con respecto al grado de discapacidad que los afecta Letra i) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Esta facultad incluye la atribución de denunciar los posibles incumplimientos ante los organismos o instancias jurisdiccionales respectivas, y ejercer acciones y hacerse parte en aquellas causas en que estén afectados los intereses de las personas con discapacidad, de conformidad a la ley. Letra j) del artículo 62 de la Ley N°20.422 ver enlace
Ejercer la secretaria técnica del Consejo Consultivo de la Discapacidad, a través de su Dirección Nacional Artículo 63 de la Ley N°20.422 ver enlace

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